Protocolo de municipios libres de Banca Armada y por las finanzas éticas

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Introducción

 

La importancia de la financiación para el complejo militar-industrial es vital. Las empresas de armamento necesitan los servicios bancarios de un sistema financiero que acontece clave porque las empresas de armas y otras prácticas rechazadas por la sociedad puedan conseguir sus objetivos económicos. Es decir, sin apoyo financiero estas empresas se verían obligadas a producir menos armas, a emprender menos proyectos contaminantes y otras prácticas que denunciamos en esta campaña.

Actualmente ya existe un sector financiero ético constituido por entidades financieras que hacen una apuesta clara y única por la promoción de proyectos con un claro impacto social y ambiental positivo, el respeto y el cumplimiento de los principios que definen las finanzas éticas y que, al mismo tiempo, están integradas en las diferentes redes locales, estatales o internacionales de finanzas éticas.

En este contexto, consideramos que los ayuntamientos y otras administraciones públicas pueden reducir el impacto global de la Banca Armada a través de un mayor control de la contratación pública (para andar hacia una coherencia de las políticas en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en materia de DDHH y de desarrollo sostenible como los ODS 2030).

Estos son los motivos que han llevado a buscar el compromiso público de fomentar y hacer extensivo el uso de las finanzas éticas a las administraciones públicas al mismo tiempo que se desinvierte en la Banca Armada. Este protocolo busca recoger y hacer visibles todas las iniciativas ya realizadas por las administraciones públicas en favor de las finanzas éticas y para desvincularse de la banca armada, así como impulsar el resto de administraciones públicas que todavía no han hecho ningún paso.

 

Pasos para acontecer un municipio libre de banca armada y a favor de las finanzas éticas

 

1.- Anunciar la voluntad de acontecer un “Municipio libre de banca armada y por las finanzas éticas”

2.- Aprobar una resolución que prohíba o avance hacia la prohibición explícita de las inversiones en empresas implicadas en la producción, desarrollo, mantenimiento o comercio de armas y los componentes, al mismo tiempo que se fomente y se valore la incorporación de las finanzas éticas en el día a día de la administración pública.

3.- Analizar si las relaciones con el sector financiero actual de la administración tiene vínculos con entidades que forman parte de los informes de banca armada.

4.- Aplicar medidas para establecer criterios de selección negativos para asegurarse que ningún productor de armas nucleares o controvertidas forme parte de la cartera municipal y o existan instituciones financieras relacionadas con estas empresas con contratos de proveedor de servicios financieros para la administración. Al mismo tiempo, introducir proveedores financieros que formen parte del ecosistema de las finanzas éticas.

5.- Difundir para promover y complementar los esfuerzos de desinversión explicando las desinversiones realizadas y las nuevas políticas financieras adoptadas por otras administraciones públicas y la ciudadanía.

Para cualquier duda, contáctanosmunicipioslibresBA@bancaarmada.org

 

RECURSOS

Si queréis proponer que vuestro ayuntamiento se adhiera a la campaña “MUNICIPIOS LIBRES DE BANCA ARMADA Y POR LAS FINANZAS ÉTICAS”  podéis contatcar con los grupos municipales que creáis más dispuestos a aprobar la moción, e Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.después si ha sido aprobada.

Os podéis descargar una propuesta de texto de moción aquí: MUNICIPIOS LIBRES DE BANCA ARMADA Y POR LAS FINANZAS ÉTICAS

 

Aspectos y consideraciones técnicas sobre la nueva Ley Contratos de Servicios Públicos (LCSP)

 

La nueva Ley Contratos de Servicios Públicos (LCSP) hace un tratamiento diferenciado de los varios servicios financieros que existen y los separa en Servicios de financiación y tesorería y en Servicios de inversión y seguros. Por este motivo es necesario dejar de hablar de finanzas en general y pasar a explicitar los diferentes tipos de servicios financieros que existen cuando se formulen peticiones o se lleven a cabo evaluaciones de consideraciones con la inclusión de aspectos no económicos a la contratación de servicios financieros por parte de la administración pública.


Financiación
La contratación de servicios de financiación queda excluida de la LCSP, por lo tanto cada administración definirá los procedimientos vinculados a la contratación de estos servicios. Esto implicaría que se trata de una negociación privada entre las dos partes. En este caso, no aplican las restricciones ni procedimientos que establece la LCSP, en cambio, sí que son de aplicación otras instrucciones de carácter interno de que dispongan las diferentes administraciones públicas.


Tesorería
La contratación de estos servicios queda también excluida de la LCSP, y recibe el mismo tratamiento que los servicios de financiación. Cada ayuntamiento puede establecer unos procedimientos relacionados con la contratación de estos servicios mediante instrucciones específicas. En función de los criterios que establezcan, dificultarán en mayor o menor medida el acceso de las entidades de finanzas éticas a estos servicios.


Ahorro e inversión
Los servicios bancarios relacionados con el ahorro y la inversión, como pueden ser la gestión de planes de pensiones, de excedentes presupuestarios y otros relacionados, se rigen por la LCSP, a pesar de que tienen carácter de contrato privado. Esto significa que, en cuanto a la preparación y adjudicación del expediente, el marco jurídico de aplicación es la LCSP, pero a partir de la adjudicación, el régimen legal es lo del derecho privado.


Seguros
Son un servicio financiero y ofrecen cobertura en varios escenarios. Es obligatoria e imprescindible por la correcta gestión del riesgo de la administración pública. Como con el ahorro e inversiones, estos servicios están incluidos dentro de la LCSP, pero tendrán carácter de contrato privado. Esto significa que por la licitación de estos servicios (preparación y adjudicación) se aplica la normativa establecida a la LCSP, pero la formalización del contrato se regirá por el derecho privado y no por el derecho administrativo. En el producto asegurador es posible establecer criterios más allá de los económicos vinculados al producto que se contrata (la póliza en concreto) y también a los agentes que  intervienen.


Si tienes dudas Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

Círculo Protocol

 

Si queréis proponer que vuestro ayuntamiento se adhiera a la campaña “MUNICIPIOS LIBRES DE BANCA ARMADA I POR LAS FINANZAS ÉTICAS” podéis contactar con los grupos municipales que creáis más dispuestos a aprobar la moción, e informadnos después si ha sido aprobada.

También os queremos pedir que, dado que una buena parte de los servicios financieros no está sujeto a concurrencia pública, la información relacionada con estos aspectos no es de carácter público y ni siquiera se encuentra en los portales de transparencia de las administraciones públicas. Por este motivo, hacer público y difundir todo lo qué se realiza es imprescindible para su replicación y extensión.

 

Ayuntamientos que han dado pasos en la desinversión en banca armada y a favor de las finanzas éticas

 

Municipios de Cataluña

 

Abrera


Alella


Barcelona


Calafell


Igualada


Manlleu


Matadepera


Terrassa

 

 

 

 

 

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